El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, bajo la dirección de Pablo Bustinduy, ha impuesto una sanción de un millón de euros a la empresa de alquiler de vehículos Avis. La multa, calificada como muy grave, responde a la aplicación de prácticas abusivas contra sus clientes.
El origen de la sanción
La resolución surge tras una denuncia presentada por la Asociación de Personas Consumidoras y Usuarias Vasca EKA/ACUV. La empresa aplicaba un recargo de entre 33,88 € y 45 € en concepto de "gastos de gestión de sanción administrativa" a aquellos clientes que recibieran una multa de tráfico mientras utilizaban uno de sus vehículos.
Según el Ministerio, este cobro es indebido ya que la gestión del pago y la comunicación de la identidad del infractor a la administración es una obligación legal del titular del vehículo, según establece el artículo 11 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Por tanto, no puede repercutirse un coste adicional al consumidor por un trámite obligatorio por ley.
Vulneración de la normativa y reincidencia
Consumo ha determinado que esta cláusula vulnera los artículos 82, 87.5 y 87.6 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (TRLGDCU), al imponer un pago por un servicio obligatorio y romper el equilibrio contractual en perjuicio del usuario.
La sanción alcanza el grado máximo debido a una circunstancia agravante: la persistencia en una práctica ya declarada ilícita. El Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Vitoria-Gasteiz ya había dictaminado la nulidad de esta comisión mediante sentencia del 22 de septiembre de 2020, condenando a Avis a eliminarla de sus contratos y abstenerse de aplicarla en el futuro.
Con esta resolución se agota la vía administrativa, aunque la empresa mantiene la posibilidad de recurrir la decisión ante los tribunales.